GOBIERNO ESCOLAR 2024

SCHOOL GOVERNMENT

SUCCESSFUL COOPERATION

REUNIÓN CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA

CONSEJO DIRECTIVO

CONSEJO DIRECTIVO: Decreto Reglamentario 1860 de 1994; Art.20, y Articulo 21. Las funciones del consejo directivo están contenidas en el Artículo 23 del decreto 1860 de 1994 y en concordancia con el Artículo 144 de la Ley 115 de 1994.

CONSEJO ACADEMICO

CONSEJO ACADÉMICO: Decreto Reglamentario 1860 de 1994, Articulo 24. Es la instancia superior para participar en la orientación pedagógica y académica de la Institución Educativa. El Consejo Académico es la máxima autoridad académica de la Institución como instancia superior para participar en la orientación pedagógica del establecimiento. Está integrado por:
1. Rector
2. Directivos Docentes
3. Un docente por cada área definida en el plan de estudios.

PERSONERO ESTUDIANTIL

Ley 115 de 1994; Art. 94, literales a y b, Decreto Reglamentario 1860 de 1994; Art. 28.

De acuerdo con el Decreto 1860 de 1994 Artículo 28, se establece:
“En todos los establecimientos educativos el personero de los estudiantes será un alumno que curse el último grado que ofrezca la institución encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la Constitución Política, las leyes, los reglamentos y el manual de convivencia.

CONSEJO ESTUDIANTIL

Según el decreto 1860 en el artículo 29, se establece la conformación del Consejo de Estudiantes, como máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación de los educandos. Estará integrado por un vocero de cada uno de los grados ofrecidos por el establecimiento.

COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.

COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.
El Consejo Académico conformará comisiones de evaluación y promoción por cada grado integradas por un número hasta de tres (3) docentes, un representante de los padres de familia, la a, o su delegado con el fin de definir la promoción y hacer recomendaciones de actividades de refuerzo y superación..

CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA

CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA
Nuestra Institución Educativa, promueve esta participación dentro del respeto y acogido a la normatividad vigente: (Decreto 1286º del 27 de abril de 2005). Este Consejo está conformado por un delegado de los padres de familia de cada uno de los grados, debidamente elegidos por los demás padres de familia, dentro de una Asamblea convocada por el rector.

702

ESTUDIANTES

18

CLASSES

39

PROFESSIONAL TEACHERS

67

MEETINGS

ADMISIONES 2024
Escanea el código